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Sucesor del Inai niega datos del gobierno en 99.6% de los casos

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Transparencia para el Pueblo, organismo que sustituyó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), acumula un total de 2 mil 253 recursos de revisión, de los cuales ya han resuelto 457; 99.6% de ellos han sido desechados.

Del total, sólo se contabiliza una resolución en la que se ordenó sobreseer el recurso, y una más en la que se ordenó al sujeto obligadomodificar la respuesta, en tanto que 455 recursos han sido desechados.

Se trata de recursos de revisión que fueron interpuestos por ciudadanos luego de que los sujetos obligados, en su mayoría dependencias federales, no dieron respuesta a las solicitudes de informaciónque se les hicieron.

Entre los recursos que han sido rechazados por Transparencia para el Pueblo destaca información solicitada a la Presidencia de la República, a la Secretaría del Bienestar, a la Secretaría Anticorrupción, Sedena, Semar y al propio instituto de transparencia, entre otras.

De acuerdo con información oficial, el organismo que inició operaciones el pasado 12 de mayo recibió una carga de 631 recursos que se interpusieron hasta el 4 de junio de 2025 todavía ante el extinto Inai, mientras que al 11 de julio de 2025 Transparencia para el Pueblo recibió mil 622 recursos.

De conformidad con el artículo 148 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la autoridad garante debe resolver en un plazo de 40 días hábiles, que podrá ampliarse por un periodo de 20 días hábiles.

En el caso concreto, de los mil 622 recursos de revisión que ingresaron a Transparencia para el Pueblo con fecha 4 de junio de 2025 se tiene como plazo para resolverlos el 13 de agosto de 2025, el cual podría ampliarse al 27 de agosto de 2025.

“En la actualidad se está trabajando en coordinación con la Unidad de Innovación de la Gestión Pública en la construcción del portal en que se publicarán las resoluciones de recursos de revisión que emita Transparencia para el Pueblo, con características de datos abiertos”, puntualizaron autoridades del instituto a petición expresa de EL UNIVERSAL.

El organismo argumentó que los recursos de revisión que se han desechado no han cumplido “los requisitos que establece la ley o bien, por no desahogar las prevenciones realizadas a las personas recurrentes”.

De igual forma, puntualizó que los recursos de revisión diferentes a desechamientos se encuentran en plazo para emitir resolución.

“Cabe señalar que, de acuerdo con la normatividad vigente, las resoluciones también deberán ser publicadas en el apartado correspondiente de obligaciones de transparencia y en el sitio oficial de internet, para lo cual se tiene un plazo de seis meses, toda vez que Transparencia para el Pueblo es un sujeto obligado de nueva creación”, agregó.

Fuente: Latinus 

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